Estas ayudas quedaron definidas en el Real Decreto Ley 4/2023, y se articulaban los sectores beneficiarios en la Orden APA/871/2023.
En base al listado provisional de beneficios y superficies publicado en la resolución provisional, los importes unitarios de ayuda para las explotaciones que cuenten con la mayor parte de su superficie de tierras de cultivo de secano, excluidos los pastos temporales, declarada en la campaña 2023, alcanzarían los valores siguientes:
- 39,880605 €/ha subvencionable en las provincias clasificadas como zona de afectación alta por la sequía.
- 19,940303 €/ha subvencionable, en las provincias clasificadas como zona de afectación media por la sequía.
No se conceden ayudas a los beneficiarios cuyo importe total a percibir sea inferior a 200 euros.
En la Sede Electrónica del FEGA se puede consultar la relación provisional de beneficiarios y la cuantía a percibir: SEDE ELECTRÓNICA (fega.gob.es).
Hay 10 días hábiles a partir de la publicación del listado (ayer martes 6) para hacer alegaciones, a través de la misma web anterior.