AYUDAS DE LA INTERVENCIÓN DESTINADA A FOMENTAR LA COOPERACIÓN PARA LA SUCESIÓN DE EXPLOTACIONES AGRARIAS

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó el día 28 de octubre, la orden por la que se convocan para el año 2024, las ayudas relativas a la intervención destinada a fomentar la cooperación para la sucesión de las explotaciones agrarias en el ámbito territorial de Castilla y León, contemplada en el Plan Estratégico de la PAC 2023- 2027, en adelante PEPAC, con el código de intervención 7169, con la finalidad de promover la sucesión de explotaciones para favorecer el relevo generacional y el aumento de la viabilidad de las explotaciones agrarias.

La ayuda se destinará a prestar apoyo a los agricultores o ganaderos que decidan cesar en su actividad y cedan su explotación a otros agricultores o ganaderos, compensando una parte del coste de oportunidad que supone dicha cesión.

Los cedentes, personas físicas ó jefes de explotación, deberán desarrollar su actividad en Castilla y León, estar en situación de la jubilación establecida o cumplir los requisitos para acceder a la jubilación y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que quiera sucederle a través de una cooperación para la sucesión de esa explotación agraria. Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.Formalizar un proyecto de cooperación con un cesionario que no podrá ser familiar de primer grado del cedente. Dicho Proyecto de cooperación incluirá al menos los siguientes contenidos:

a)La situación inicial de la explotación.
b)El compromiso por parte del cedente de cesar en su actividad agraria, y darse de baja en el Reacyl por su actividad agraria.
c)El compromiso por parte del cedente de transferir los derechos propios al cesionario, ligados a todas las unidades de producción que se vendan o arrienden.
d)Las actuaciones que quiere realizar el sucesor contemplando si va a realizar una primera instalación, la diversificación agraria, inversiones o el desarrollo de otras intervenciones y el asesoramiento que pueda recibir tanto por el cedente como por asesores externos a la explotación.
e)La dedicación del cedente a la transmisión de sus conocimientos.

2. Tener inscrita a su nombre en el Reacyl una explotación agraria cuya producción estándar sea, como mínimo, de 5.000 €.

3. No tener más de 72 años.

4. Ser agricultor activo.

5. Cotizar a la Seguridad Social por su actividad agraria.

6. Haber ejercido la actividad agraria durante los cinco años anteriores a la solicitud de ayuda.

7. Ser beneficiario de una pensión de jubilación de la Seguridad Social o estar en situación de jubilarse.

El plazo de presentación de solicitudes desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria hasta el 15 de enero de 2025 (Desde el 29 de octubre de 2024 hasta el 15 de enero de 2025).

Para más información pinchar en el siguiente enlace:Web Tramita