Flexibilidades PAC 2026

La Junta de Castilla y León ha publicado, como consecuencia de los diferentes fenómenos meteorológicos acontecidos en esta campaña 2026, las siguientes medidas de flexibilidad en relación con la ayuda a los regímenes voluntarios en favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal (ecorregímenes), en la práctica de establecimiento de espacios de biodiversidad en las siguientes comarcas agrarias:

Se permitirá la recolección de las superficies de cereal no cosechado acogidas a esta intervención en la campaña 2026 a partir del 15 de agosto de 2026 en las comarcas de Barco de Ávila-Piedrahita y Valle del Tiétar (Ávila), todas las de las provincias de Burgos, León y Palencia, Ciudad Rodrigo y La Sierra (Salamanca), Pinares, Tierras Altas y Valle del Tera, Burgos de Osma, Soria, y Almazán (Soria), Tierra de Campos, Centro y Sureste (Valladolid) y Sanabria, Benavente y los Valles, Aliste y Campos Pan (Zamora).

No obstante, se observarán las siguientes condiciones:

  • Los cordones de paja resultantes tras la recolección del cereal deberán mantenerse sobre el terreno, al menos, hasta el 1 de septiembre de 2026. A tal efecto, no se permitirá la utilización de mecanismos picadores de paja.
  • Estos cordones deberán conservarse en bandas distribuidas por la parcela, de forma que se evite una única acumulación que concentre toda la fauna en un solo punto.
  • No podrá realizarse labor alguna sobre el terreno antes del 1 de septiembre de 2026, incluidas las labores culturales, de fertilización o la aplicación de productos fitosanitarios.
  • Los titulares deberán realizar y conservar fotografías georreferenciadas de las parcelas agrícolas objeto de recolección que acrediten la existencia de alimento para la avifauna en el suelo. Dichas fotografías deberán ponerse a disposición de la Administración cuando sean requeridas. Para cada parcela agrícola será necesaria, al menos. la realización de dos fotografías, una visión general y otra de detalle.
  • En caso de aprovechamiento a diente de estas superficies deberán cumplirse las condiciones de los apartados tercero y cuarto anteriores.